El personaje:
Es el faro luminoso, no ya de la familia, sino de la sociabilidad y
de la política chilena.
Aparece en el escenario público como una gran
figura desde las primeras etapas libertadoras hasta 1846, y ocupa puestos
sobresalientes como jurisconsulto, legislador, Ministro de Estado, diplomático,
escritor y consejero áulico de numerosos regímenes y gobernantes.
Nació en Santiago por el año 1788 y se
recibió de abogado en 1806, a los 18 años de edad. En
1813 sirvió la secretaría de la Junta de Gobierno y después
del desastre de Rancagua fue conducido, en unión del autor de
sus días, al cautiverio de Juan Fernández, donde permaneció
hasta el 25 de marzo de 1817.
A su regreso en Santiago fue secretario de la intendencia,
mayor de policía y sucesivamente, agente fiscal del tribunal
de apelaciones, secretario de la junta de economía y árbitros;
en 1820 fue cabildante y dos años después asesor letrado
de la intendencia.
En 1823 pasó ya a sitios más encumbrados
y fue secretario de Gobierno y de Marina, donde demostró sus
cualidades de estadista y de letrado (28 enero y 4 de abril 1823).
Abdicación de O'Higgins. El 28 de Enero de 1823
se reunió el pueblo en el edificio del Consulado y exigió
la comparecencia del Director Supremo, que al principio se resistió
a concurrir y que luego se presentó ante la asamblea e hizo su
histórica pregunta:
-¿Cuál es el objeto de esta asamblea?.
Mariano Egaña fue el primero en contestarle: manifestó
que el pueblo estimaba sus servicios y su valor; pero que la situación
reclamaba, para evitar mayores males, que dejara el mando que ejercía.
O'Higgins negó a la concurrencia el derecho de representante
del pueblo, pero al cabo de otros discursos de José Miguel Infante
y Fernando Errázuriz, concluyó por dimitir el poder supremo.
Ministerio Egaña-Vial Santelices. El mismo día
28 de Enero del 23 desempeñó los Ministerios de Gobierno,
de Relaciones y de Marina, teniendo por colega único, en los
despachos de Hacienda y Guerra, a Agustín Vial Santelices. Era
casi Ministro universal, y en realidad era el hombre más influyente
de la época.
Emancipación de esclavos.- Cuando el Senado de
1823 decretó la manumisión de los esclavos, él
se opuso y, si bien no demostró ideas esclavócratas, votó
el acuerdo senatorial de libertad absoluta y propuso un reglamento sobre
libertad condicional de la raza servil. Consideraba que los dueños
de esclavos debían ser indemnizados en respeto al principio de
propiedad y que la manumisión debía hacerse poco a poco,
en bien de los mismos interesados. En su reglamento no acordaba la libertad
a los esclavos de más de 50 años para no privarlos del
derecho de ser mantenidos por sus amos y no exponerlos en la vejez a
la miseria o mendicidad; rechazaba la manumisión para los menores
de 21 años, y aún pasada esa edad el manumitido debía
poseer un oficio; las mujeres no debían ser libres mientras no
se casaran, etc.
Estas ideas, corrientes en el siglo XVIII, fueron desechadas
por la opinión y por los legisladores y el mismo Egaña
puso su firma, el 24 de Julio de 1824, a la ley que declaraba abolida
la esclavitud en Chile. Barros Arana (Hist. G., XIV, 109) da interesantes
pormenores sobre este punto.
Por lo demás el comercio negrero o la compraventa
de esclavos era usual en Chile y América, y Egaña, al
oponerse a la liberación y pedir que los amos recibieran indemnización,
no hacía más que estimar el hecho lo mismo que si se hubiera
tratado de expropiar un buey o un animal cualquiera. La moral quedaba
rezagada y sólo se veía el principio de propiedad. La
ética de entonces no permitía ver en el esclavo una parte
de la humanidad, sino un ser despreciable y valorizado según
su edad y sus aptitudes para el trabajo.
Ministerio Egaña-Mena. Duró el anterior
Gabinete hasta el 4 de abril de 1823, en que le tocó organizar
el siguiente: Gobierno y Relaciones, Mariano Egaña; Hacienda,
Pedro Nolasco Mena, y Guerra y Marina, Juan de Dios Rivera. Permaneció
en la jefatura ministerial hasta el 12 de julio de 1824, y fue reemplazado
por Francisco A. Pinto.
Desde esa época pasa a ocupar puestos prominentes
en la dirección del Estado. Fue nuevamente Ministro de Hacienda
en 1830 y de Justicia en 1837. Salió elegido senador en 1831,
firmó como tal la Constitución de 1833, y fue reelegido
desde 1834 hasta 1846.
En 1825 se le nombró Ministro plenipotenciario
ante varios Gobiernos europeos y estuvo especialmente en Londres y Paris.
A él le cabe el honor de haber contratado los servicios del sabio
Andrés Bello. Durante largos años, o más bien durante
casi toda su gestión senatorial, fue fiscal de la Corte Suprema,
puesto que entonces tenía atribuciones casi omnímodas
en materia de acusaciones públicas. En 1835 fue al Perú
en una misión especial e investido de plenos poderes para declarar
la guerra al protector Santa Cruz y en 1839 desempeñó
una misión análoga.
Redacción de la Constitución de 1833.-
Mariano Egaña fue el más esforzado reformador constitucional
de 1833. Presentó un proyecto de reformas en 1832, el cual sirvió
de base de discusión a la comisión encargada de informar
sobre la reforma. La comisión se componía de siete miembros
elegidos el 25 de Octubre, de 1832 por la gran Convención Nacional
y que eran Mariano Egaña, Agustín Vial Santelices, Fernando
A. Elizalde, Santiago Echeverría, Gabriel José Tocornal,
Juan Francisco Meneses y Manuel José Gandarillas.
Sobresalían entre esto el Sr. Egaña y el
Sr. Gandarillas. El primero había adquirido en Chile en su juventud
los mayores y los más extensos conocimientos legales que podía
proporcionar la vetusta Universidad de San Felipe. Desde niño
había manifestado, junto con una gran contracción al estudio,
una rara precocidad intelectual no sólo para asimilarse los conocimientos,
sino para discurrir por sí mismo con una notable claridad de
juicio. Al lado de su padre el Dr. Juan Egaña, que era tenido
por el hombre más ilustrado de este país, Mariano había
adquirido muy variada educación; había estado recluido
en Juan Fernández y sus cuatro años de permanencia en
Europa, en desempeño de una importante comisión nacional,
le habían permitido adquirir muchos conocimientos sobre la ciencia
y práctica del gobierno" (Barros Arana, Historia General,
XVI, 305).
Fue el principal instrumento de la reforma y muchos artículos
están redactados de su puño y letra. El objeto que perseguía
era constituir un ejecutivo fuerte y poderoso, capaz de resistir y sofocar
los gérmenes revolucionarios y anárquicos que habían
prevalecido y estallado desde la caída de O'Higgins.
Uno de los principales méritos de la Constitución
de 1833, al revés de la de 1828, consistió en revestir
de facultades propias e independientes al Jefe del Estado, de amoldar
la situación a la realidad de la vida social y de ajustar las
normas del derecho y de la cultura a los medios existentes, sin ideolojismos
fantásticos ni ficciones extraídas o trasplantadas de
otros pueblos o de otras edades.
Aquí está el gran mérito de este
constitucionalista del 33. Muchas de sus ideas, vaciadas en los moldes
de la monarquía, fueron rechazadas y combatidas; pero también
otras fueron aceptadas y así, con trozos e ideas dispersos y
heterogéneos, se formó el edificio constitucional de 1833,
que tuvo 90 años de existencia y fue reemplazado por la Constitución
promulgada el 18 de Septiembre de 1925.
Leyes Marianas. Y no sólo se le deben muchos preceptos
constitucionales de 1833, sino que es autor de numerosos decretos con
fuerza de ley que se dictaron en 1837, en virtud de facultades extraordinarias
de que se invistió al Gobierno, al igual que se hizo en 1825
y 1826, para que arreglara y completara la legislación del país.
Ese año, dice Manuel E. Ballesteros en su Derecho
procesal chileno, "el poder Ejecutivo, haciendo uso de las facultades
legislativas que le habían dado, delegadas por ley de 31 de Enero
del mismo año, dictó una serie de disposiciones tendientes
a establecer nuevas reglas de procedimientos en materias importantes.
Estos decretos han sido reconocidos con el nombre de leyes marianas
por haber sido la obra del fiscal de la Corte Suprema, Mariano Egaña,
que era en esa época uno de los primeros jurisconsultos del país".
A él se debe la creación de cementerios.
El decreto creador empezaban así: "En toda ciudad o villa
se formará un panteón fuera de la ciudad".
Fue uno de los hombres más influyentes entre sus
contemporáneos, contribuyó, junto con Portales, a vigorizar
el poder central, intervino en la dictación de casi todas las
leyes sustanciales del país y demostró entereza de carácter,
voluntad inflexible en el cumplimiento de sus deberes y nobilísimas
virtudes republicanas.
Al morir, el 23 de Junio de 1846, se le decretaron honores
públicos.
Fue dueño de Peñalolén, cuyo famoso
parque, imitación del de Saint Cloub, hizo construir según
modelo que trajo de sus viajes por Europa. En él mantenía
sabrosas charlas con sus visitantes, entre los cuales contábase
siempre el sabio Andrés Bello.
Compra de la Biblioteca Egaña. Por ley de 16 de
octubre de 1846 se dispuso que el Estado "comprara la biblioteca
que fue del finado senador y fiscal de la Corte Suprema, supuesto el
consentimiento en forma legal, de la heredera doña Margarita
Egaña".
Se disponía en la misma ley que con esa biblioteca
y todos sus impresos, manuscritos y bustos que la componían,
se formara un departamento especial en la Biblioteca Nacional, cuyas
puertas y estantes tendrían esta inscripción: Biblioteca
Egaña.
Y a este propósito escribió Luis Galdames
en su estudio sobre la Biblioteca Nacional en 1908: "Su gabinete
de estudio había llegado a ser lo mejor que en materia de libros
se conociera en Chile, y atendidas la importancia y la variedad de las
obras, ni la Biblioteca Nacional podía competir con él.
Contaba, además, con una multitud de documentos
sobre la historia patria, que tanto él como su ilustre padre
habían reunido desde la época de la Independencia, y con
una colección de bustos y personajes célebres, que servían
a la sala de adecuado adorno".
Así se tributó un digno y merecido homenaje
al esclarecido ciudadano que contribuyó durante cerca de medio
siglo a la organización y robustecimiento de la República.
Fue casado con doña Rosario Zuazagoitía
y dejó una sola hija, doña Margarita, esposa primero de
José Santiago Melo, y desposada después en segundas nupcias
con Pedro Nolasco Tocornal".
Fte.:FIGUEROA, Virgilio, op. cit. en Bibliografía,
págs. 39, 40, 41 - Tomo III, 1929.